En una decisión inédita en Argentina, un juez autorizó la adopción de un hombre de 61 años por parte de Luis González, su padrastro desde que tenía dos años.
El caso, que sorprendió a los abogados y jueces involucrados, se basó en el deseo del hombre, Pedro Ruiz, de formalizar el vínculo con el único padre que conoció durante su vida.
La historia comenzó hace 60 años cuando Ana López, madre de Pedro, comenzó una relación con Luis González.
Cuando Pedro cumplió diez años, la pareja se casó y, a pesar de no haber un vínculo legal, Luis siempre fue considerado por Pedro como su padre.
La situación legal era compleja ya que Pedro tenía el apellido Ruiz por su padre biológico, fallecido en 1974.
Este conflicto entre la identidad legal y la realidad familiar llevó a la familia a intentar realizar tres adopciones durante la infancia de Pedro, pero siempre se les explicó que no era posible bajo la legislación vigente.
La aprobación del nuevo Código Civil en 2015, que permitió la adopción de adultos mayores si se demostraba un vínculo establecido desde la infancia, abrió una nueva posibilidad.
No costó armar la adopción porque al principio hablábamos del niño y resulta que el niño tiene 61 años, explicó la jueza Ana María Carriquiry, autora del fallo.
Todos los que intervienen en esta adopción integran la tercera edad.No es solo que sean adultos, son adultos mayores.
El adoptado ya es abuelo.
La jueza destacó que se llevaron a cabo exhaustivos peritajes psicológicos, socioambientales, económicos y patrimoniales para asegurar que no existiera ningún interés económico detrás del pedido de adopción.
Es amor, cerrar esta historia de amor, el derecho de una familia a ser familia, expresó Carriquiry.
Luis González, emocionado durante una de las audiencias, afirmó: No quiero cerrar los ojos sin que él por Pedro sea legalmente mi hijo, porque en el corazón lo ha sido siempre.
La decisión del juez no solo formalizó el vínculo entre Luis y Pedro, sino que también permitirá a sus descendientes cambiar su apellido a González.
Este caso pionero pone de manifiesto la necesidad de adaptar las leyes a los cambios sociales y reconocer la diversidad de modelos familiares existentes.
La protección internacional de la familia no se ancla o parapeta en un único modelo de ella, se lee en el fallo judicial.
No existe un único modelo de familia, es una construcción cultural y debemos resguardar el derecho a la identidad, a poder llamarse como uno se identifica, con el nombre de su propia familia.