El Tribunal Oral Federal 1 de Salta resolvió, con voto dividido, el sobreseimiento del empresario Matías Huergo en la causa que lo acusaba de integrar una asociación ilícita dedicada al blanqueo de capitales.

La decisión se fundamenta en la Ley de Regularización Especial de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social (Ley N 27.743), que establece la extinción de la acción penal cuando se cancelan las obligaciones tributarias relacionadas con los delitos fiscales.

El fiscal Carlos Amad ha anunciado que apelará la resolución ante la Cámara Federal de Apelaciones.

Tengo hasta el 15 del mes para presentar el recurso de Casación, así que se presentará en tiempo y forma, declaró Amad a este medio.

El magistrado Julio Bavio había elevado la causa a juicio en octubre de 2021, luego de una investigación que comenzó en 2019 con allanamientos en oficinas municipales.

En su momento, Huergo fue acusado de ser el líder de una asociación ilícita dedicada al blanqueo de capitales a través de empresas como Arcadio y SEC. Además de Huergo, otros empresarios también fueron acusados: Aníbal Anaquín, Gerardo Rubén Romero, Héctor Sebastián Silva, Arturo Mimessi Sormani, Juan Nolberto Llanos, Francisco Antonio Guzmán Garriga y Oscar Matías Esliman.

Huergo reaccionó a la decisión del Tribunal, afirmando que el caso fue iniciado con fines políticos durante la campaña electoral para las elecciones de gobernador e intendente en 2019.

Se buscaba involucrar a los funcionarios entonces en el gobierno de Sáenz para perjudicarlos, expresó.

La Ley de Regularización de Obligaciones Tributarias establece que la cancelación de estas obligaciones genera la extinción de la acción penal, siempre y cuando no exista sentencia firme a la fecha de cancelación respecto de todos los partícipes y personas imputadas por delitos fiscales.