El Instituto de Previsión Social (IPS) anunció una importante simplificación en el trámite de renovación de poderes habilitados para percibir los haberes jubilatorios.
A través de la resolución N 21.294, se busca agilizar y facilitar el acceso a los fondos para los beneficiarios del IPS.
Esta medida implica que los apoderados podrán percibir los haberes sin fecha de vencimiento, a menos que el titular del beneficio así lo indique.
La principal novedad es la eliminación de la necesidad de renovar constantemente la autorización, explicó una portavoz del IPS. Esto permitirá un mayor tranquilidad y comodidad para los jubilados y sus familiares.
El cambio se aplica tanto a poderes con caducidad como a aquellos sin vencimiento.En el caso de los poderes con fecha límite, las firmas del beneficiario y del apoderado deberán ser certificadas por personal autorizado, como empleados del sector de poderes del IPS, jueces de paz, secretarios judiciales, escribanos públicos o delegados previsionales.
Para los beneficiarios internados en establecimientos asistenciales, la firma deberá estar certificada por el director o administración del nosocomio, quien deberá expresar el estado de lucidez del paciente.
Se busca garantizar que el beneficiario esté plenamente consciente al otorgar el poder, añadió la portavoz.
Este cambio, según expertos en derecho previsional, podría tener un impacto positivo significativo en la calidad de vida de los jubilados y pensionados.
Elimina una burocracia innecesaria y facilita el acceso a las prestaciones que les corresponden, destacó Juan Pérez, abogado especialista en materia previsional.
Aún existen algunas dudas sobre cómo se implementará esta nueva medida en la práctica.
Se espera que en los próximos días el IPS brinde más detalles sobre el proceso de solicitud y certificación de poderes.