La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó nuevas medidas para combatir la evasión fiscal mediante el fortalecimiento del control de emisión de comprobantes.

En julio, la entidad actualizó los montos a partir de los cuales los comerciantes deben informar los datos del consumidor luego de una compra, modificando los límites establecidos en años anteriores.

Estas modificaciones se aplican únicamente a las transacciones que involucran a un consumidor final y varían según el método de pago utilizado.

Para compras realizadas con tarjeta de crédito, débito o medios electrónicos como QR, tarjetas prepagas no bancarias u otros métodos de pago autorizados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), la información del consumidor debe ser declarada cuando la factura ascienda a 344.488 pesos.

En el caso de pagos en efectivo, el límite se establece en 172.244 pesos para que el comerciante esté obligado a solicitar y registrar los datos del cliente.

Estos cambios buscan generar mayor transparencia en las transacciones comerciales y facilitar la fiscalización, explicó un especialista en temas tributarios consultado por nuestro medio.

Al requerir información detallada de los consumidores, la AFIP puede identificar patrones de evasión fiscal y tomar medidas correctivas.

El organismo fiscal solicita la siguiente información del consumidor en caso de que la factura supere los montos mencionados:

Apellido y nombres
Domicilio
Número de documento (DNI, LE, LC, Pasaporte o CI)
Si corresponde, CUIT-CUIL-CDI

Estos cambios han generado preocupación entre algunos sectores del comercio minorista, quienes argumentan que la implementación de estos nuevos requisitos podría aumentar el tiempo de atención al cliente y generar mayores costos operativos.

Desde la AFIP se destaca que estas medidas son esenciales para garantizar una recaudación justa y eficiente.