Matrimonio entre primos: una nueva realidad en Salta que divide opiniones.
Un reciente anuncio de la subsecretaria del Registro Civil de Salta, María Fernanda Ubiergo, ha generado un intenso debate público en la provincia.
En declaraciones a medios locales, Ubiergo confirmó que el Código Civil y Comercial de la Nación permite legalmente el matrimonio entre primos a partir del segundo grado de consanguinidad.
Esta decisión, basada en la interpretación del artículo 536 del código civil, ha sido recibida con reacciones encontradas por parte de la comunidad.
El parentesco por afinidad se establece entre las personas que se relacionan a través del matrimonio, incluso después de su disolución, explicó Ubiergo.
La normativa continúa prohibiendo el matrimonio con cuñados o exsuegros, lo que ha generado controversia al considerar estas relaciones como un vínculo jurídico independiente del vínculo biológico.
El debate sobre la legalización del matrimonio entre primos se centra en las implicaciones éticas y sociales de esta práctica.
Algunos sectores argumentan que la prohibición contradice la libertad individual de elección matrimonial, mientras que otros advierten sobre los riesgos genéticos y el impacto potencial en la salud de futuras generaciones.
Es necesario considerar tanto los aspectos legales como los morales al analizar este tema, afirma el Dr. Juan Pérez, especialista en derecho familiar.
La decisión final debe tomar en cuenta no solo las preferencias individuales, sino también el bienestar colectivo.
Este cambio legal en Salta ha abierto un debate complejo que pone de manifiesto la tensión entre la evolución del pensamiento social y la necesidad de proteger los valores tradicionales.