
Se duplicarán devoluciones a sectores vulnerables por compras con tarjetas de débito
Beneficiarios de planes sociales y jubilados con el mínimo recibirán reembolsos dobles para la compra de alimentos, medicinas y cosméticos/Foto: AFP.
El reintegro a sectores vulnerables por consumos realizados con tarjeta de débito se prorrogó por seis meses y se incrementó en un 100% a partir del vencimiento de la etapa actual, el próximo junio, por lo que tendrá vigencia hasta fin de año.
Así lo definió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General 5360/2023 publicada este martes en el Diario Oficial, que duplicó los montos máximos de devolución de $2.028 a $4.056 mensuales por titular, y de $4.057 a $8.114 en el caso de recibir dos o más asignaciones, como es el caso, por ejemplo, de los beneficiarios de la AUH con más de un hijo.
Esta es una de las medidas que se definieron durante el fin de semana , en el marco de la reunión que encabezó el ministro Sergio Massa y en la que participaron el secretario de Política Económica, Gabriel Rubinstein; el presidente del Banco Central, Miguel Pesce; el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Carlos Castagneto; y el Secretario de Comercio, Matías Tombolini, entre otros.
La reunión del equipo económico se produjo luego de que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) informara este viernes que el Índice de Precios al Consumidor subió 8,4% en abril, impulsado por los rubros Alimentos y Bebidas, junto con Vestuario y Calzado, con los que el comercio minorista la inflación llegó a 32% en los primeros cuatro meses del año y escaló a 108,8% en los últimos 12 meses.
Al resaltar los beneficios de la medida dispuesta por la AFIP, el Ministerio de Economía señaló que beneficiará a más de 2 millones de personas de sectores vulnerables, al duplicar el monto de la devolución que estaba vigente hasta ahora.
Asimismo, indicó que promueve la regularización tributaria por el uso de medios de pago bancarios.
AFIP AMPLIA Y DUPLICA REEMBOLSO POR COMPRAS CON TARJETAS DE DÉBITO
👉 El reembolso del 15% en compras con tarjeta de débito se extiende hasta el 31 de diciembre y tendrá un tope mensual de $4,056 y $8,114 para quienes reciben dos o más beneficios.pic.twitter.com/JC5E4O7ZHP
- ANSES (@ansesgob) 16 de mayo de 2023
La medida, implementada a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en diciembre de 2019 como herramienta de apoyo a la demanda, incluye a los jubilados que perciben el salario mínimo; que perciban pensión mínima por fallecimiento o pensión no contributiva nacional (invalidez, vejez, madre de siete o más hijos, entre otras); así como titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH), por hijo con discapacidad o por embarazo (AUE).
La devolución incluye el 15% del valor de la compra y es válida para consumo en farmacias, comercios (incluidos supermercados, minimercados, hipermercados, almacenes y quioscos) y mayoristas.
Para acceder a ella, las compras deben realizarse con la tarjeta de débito asociada a la que se carga el beneficio.
Los productos alcanzados son alimentos, en el caso de supermercados y quioscos; y en farmacias, productos farmacéuticos y herbolarios, cosmética, tocador y perfumería.
Los fondos reembolsados se abonan automáticamente entre las 24 y 48 horas siguientes a la compra, según se realice antes o después de las 17:00 horas de cada día en la cuenta bancaria en la que se cobra el beneficio o cesión.
'La medida, implementada a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en diciembre de 2019 como una herramienta para apuntalar la demanda, incluye a los jubilados que perciben el salario mínimo; los que perciben la pensión mínima por muerte o pensión no contributiva nacional (invalidez, vejez, madre de siete o más hijos, entre otros); así como titulares de asignaciones universales por hijo (AUH), por hijo con discapacidad o por embarazo (AUE)'..
También están cubiertas las operaciones pagadas con estas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
La AFIP basó la extensión del beneficio en los considerandos de la resolución en la que señala que el régimen 'ha demostrado ser una herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores antes mencionados e incentivar el uso de medios de pago electrónicos'.
Además, resaltó que 'en el contexto actual se considera necesario aumentar los límites de devolución'.
El beneficio no es válido para jubilados que ganan más del salario mínimo, así como para trabajadores por cuenta propia o en relación de dependencia, monotributistas (excepto adherentes al Régimen de Trabajadores Promocionados, monotributo social o especial para pequeños productores agropecuarios) y para los que pagan rentas o bienes personales.