
El gobierno nacional reglamentó este martes, mediante el decreto 337, el Régimen de Apoyo e Inclusión para Pequeños Contribuyentes, aprobado a principios de abril mediante la ley 24.977, que reformó la monotax para ofrecer un conjunto de beneficios fiscales a los excluidos del régimen.
La norma alivia la carga de quienes, al convertirse en autónomos, acumulan deudas tributarias muy difíciles de afrontar, ya que los cambios 'estimulan la transición voluntaria al régimen general', señalaron fuentes oficiales.
Las modificaciones a la ley, agregaron los voceros, 'armonizan la transición al régimen general (autonómico), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben enfrentar los monotaxistas'.
La iniciativa regulada beneficia a todos los monotributistas al establecer un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general y también es 'una ganancia para el Estado, ya que tendrá mucha más información', se dijo.
El proyecto crea un 'puente' que permite a los monotributistas que se convierten en autónomos experimentar un 'ahorro significativo' en su carga tributaria, en relación al monto que tendrían que pagar si no se introducen los cambios propuestos.
La reforma, en concreto, ofrece reducciones de IVA y Ganancias durante tres años para los contribuyentes que cambien de régimen.
Por ejemplo, si un proveedor de monotax que brinda servicios y está registrado en la categoría H, y durante 2020 excediera el límite de facturación en un 20%, quedaría excluido del monotax; pero como no superó el tope del 25% que establece la ley, tiene la opción de permanecer en la monotax.
Para seguir siendo monotax, tendrás que pagar alrededor de $ 70.000 como impuesto integrado y contribución a la seguridad social.
Si te hubieran excluido de la monotax, y en el caso en el que no tuvieras facturas de compra, deberías ingresar más de $ 940.000 en IVA y Utilidades, por lo que la nueva ley permite un ahorro fiscal de $ 870.000.
La ley también resuelve el problema temporal de la actualización de la monotax en 2021, cuando se suspende el índice de movilidad previsional, y subsana cualquier inconveniente relacionado con las recategorizaciones de forma automática (alrededor del 35%).
Para ello, en las próximas semanas la AFIP realizará de oficio una recategorización de todos los monotributistas, para ubicarlos en la categoría correspondiente.
Como puente entre las dos categorías, el reglamento suspende para 2020 las exclusiones de monotax que no son por el monto de la Renta Bruta (facturación), como monto del alquiler, consumo de energía, etc.
A su vez, cuando el contribuyente excedió la facturación hasta en un 25% (inclusive), tiene la opción de permanecer en la monotax pagando un recargo y pasar a la categoría máxima de su actividad (H si se trata de servicios y K si es venta de muebles).
Si el contribuyente factura más del 25%, se convierte en autónomo, pero se presume gastos para reducir la carga tributaria del período desde que se originó la causa de exclusión hasta la actualidad, con el objetivo de reducir la obligación.
Luego, si el contribuyente acudió voluntariamente al Régimen General y facturó hasta un 25% más que el tope, puede volver a ser monotax, lo que premia al cumplidor.
El decreto, publicado en el Diario Oficial, también establece un régimen permanente que permite al contribuyente que pasa de la monotax al Régimen General utilizar como crédito fiscal los originados en compras realizadas en los 12 meses anteriores.
Según explican fuentes oficiales, los contribuyentes que se conviertan en autónomos de forma voluntaria tendrán un beneficio adicional, que consiste en una reducción del saldo deudor en IVA, que será: 50% el período posterior al cambio de régimen, 30% el siguiente y 10 % el siguiente.
Así, el contribuyente que pasa voluntariamente tiene 4 años de beneficio: el primero puede utilizar las compras de los 12 meses anteriores; el segundo, 50% de IVA; el tercero, el 30% de ese impuesto; y el cuarto 10%.