La Cámara de Diputados ha dado un paso crucial hacia la reforma y modernización del sistema de caducidad de proyectos de ley, una normativa vigente desde 1949.
La nueva propuesta, que ahora se encuentra en manos del Senado, busca establecer un criterio único de interpretación para determinar la caducidad de los expedientes parlamentarios.
La norma establece que cualquier proyecto de ley presentado ante la Legislatura y que no obtenga media sanción en una de las cámaras durante el año parlamentario de entrada o en el siguiente, será considerado caducado.
Se establece que si un proyecto logra media sanción en una cámara y existe otro similar con la misma naturaleza y finalidad que aún no ha sido acumulado, este último caducará sin importar el tiempo transcurrido desde su presentación.
Para garantizar transparencia, los presidentes de las comisiones de ambas cámaras elevarán a la Secretaría Legislativa correspondiente una lista de asuntos comprendidos en la nueva ley.
Esta lista se incluirá en los asuntos entrados de la primera sesión ordinaria de cada período para su consideración y posterior archivo.
La reforma busca rediseñar el régimen de caducidad de los asuntos parlamentarios, estableciendo un criterio único de interpretación que permita una mayor eficiencia y transparencia, explicó la diputada Socorro Villamayor, presidenta de la comisión de Legislación General de la Cámara Baja, durante el debate.
Esta iniciativa pretende actualizar la normativa vigente, la Ley 2.389 (originalmente la 1.111) de Caducidad de Expedientes Parlamentarios, y derogar cualquier otra norma que se oponga a su contenido.
La reforma genera un debate importante sobre el equilibrio entre la necesidad de celeridad legislativa y la protección del derecho a la participación ciudadana en el proceso político.
Se espera que el Senado analice con detenimiento esta propuesta para determinar su impacto en el funcionamiento del sistema legislativo.