La Justicia federal dictó un fallo histórico al declarar la inconstitucionalidad del decreto que buscaba desregular el sector de medicina prepaga, impulsado por el gobierno del presidente Javier Milei.
El fallo, emanado de la Cámara Federal de Paraná en un caso iniciado por un jubilado afiliado a OSDE, marca un revés significativo para las políticas económicas implementadas desde el inicio de la administración actual.
La decisión judicial afecta directamente al artículo 267 y 269 del decreto 702/2023, que otorgaba mayor autonomía a las empresas de prepaga en la fijación de precios.
El tribunal sostiene que la modificación de atribuciones legislativamente otorgadas a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) por vía de decreto de necesidad y urgencia constituye un arrogamiento de dicha facultad legislativa por parte del Presidente de la Nación.
No se cuestiona aquí la decisión del Poder Ejecutivo de adoptar medidas tendientes a aumentar la competitividad del sistema de medicina prepaga, pero no se admite que para ello se modifiquen, por vía de decreto de necesidad y urgencia, las atribuciones legislativamente acordadas al órgano de control, se lee en el fallo.
El tribunal restituye a la SSS la facultad de supervisar los costos de las empresas de medicina prepaga y establecer los índices de aumento mensual para sus cuotas.
Se reestablece la posibilidad de que la Superintendencia autorice el incremento de las cuotas solo cuando estén sustentados en variaciones de la estructura de costos y un cálculo actuarial razonable de riesgos.
Gabriel Oriolo, titular de la SSS, afirmó que la decisión judicial solo tiene efecto para el caso puntual y no deroga la normativa vigente.
Expertos como el abogado Manuel Luaces interpretan el fallo como una clara señal hacia la recuperación de las atribuciones legítimas de la Superintendencia.
Con este fallo, la Superintendencia de Servicios de Salud recobra su legitimidad para autorizar el aumento de las cuotas cuando el mismo esté fundado en variaciones de la estructura de costos y un razonable cálculo actuarial de riesgos, explicó Luaces.
El fallo también tiene implicaciones significativas para el acuerdo alcanzado entre el gobierno de Milei y las empresas prepagas, que buscaba frenar los aumentos mediante un diálogo constante y límites establecidos para las subidas mensuales.
La decisión judicial genera incertidumbre en este panorama, ya que reintroduce la figura regulatoria de la SSS en la fijación de precios.